Subvenciones para contratar temporalmente a personas con discapacidad que pueden pedir las Entidades locales menores

EXTRACTO de la Resolución de 8 de junio de 2020, de la Presidenta del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y dirigidas a entidades locales de Castilla y León para la contratación temporal de personas con discapacidad para la realización de obras y servicios de interés público y utilidad social para el año 2020.

BDNS (Identif.): 510365

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la orden citada cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A07/es/convocatoria/510365) y en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS.

Primero.– Bases Reguladoras.

Por Orden EMP/475/2017, de 13 de junio, (B.O.C. y L. n.o 114, de 16 de junio de 2017), modificada por Orden EEI/398/2020 de 12 de mayo, (B.O.C. y L. n.o 99, de 20 de mayo 2020), se establecen las bases reguladoras de las subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, dirigidas a Entidades Locales, dentro del ámbito territorial de Castilla y León, para la contratación temporal de personas con discapacidad para la

realización de obras y servicios de interés público y utilidad social.

Segundo.– Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las entidades locales de la Comunidad de Castilla y León previstas en la normativa de régimen local que lo soliciten, cumplan los requisitos y contraten temporalmente a discapacitados en situación de desempleo para la realización de obras y servicios de interés público y utilidad social.

Tercero.– Finalidad.

Apoyo a la contratación temporal de desempleados que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

Cuarto.– Importe convocado.

En la financiación de estas subvenciones participa el Fondo Social Europeo a través del P.O. del FSE 2014-2020 de la Comunidad de Castilla y León. El importe convocado asciende a 3.000.000 euros.

CV: BOCYL-D-16062020-4

Boletín Oficial de Castilla y León

Núm. 119 Martes, 16 de junio de 2020 Pág. 17725

Quinto.– Cuantía de la subvención y gastos subvencionables.

1.– Los criterios para la determinación de la cuantía de la subvención se realizarán conforme a la Base 9.a de la Orden EMP/475/2017, de 13 de junio.

De conformidad con el artículo 67.1.b) del Reglamento (UE) n.o 1303/2013, el método de costes simplificado para calcular el importe de la subvención revestirá la forma de baremos estándar de costes unitarios. El importe máximo subvencionable por contrato, a jornada completa y por un período de 90 días, será de 5.510,15 € desglosado en las siguientes cuantías:

– 4.049,10 € como costes salariales, según el salario mínimo interprofesional para 2020, establecido por el Real Decreto 231/2020, de 4 de febrero.

  • –  1.326,08 € como costes de cotización a la Seguridad Social a cargo de la empresa.
  • –  134,97 € en concepto de indemnización por fin de contrato.2.– Serán subvencionables un máximo de un contrato a jornada completa o dos a jornada parcial por entidad local solicitante. Serán subvencionables los costes de salario y de Seguridad Social derivados de la contratación temporal, así como la indemnización por fin de contrato.3.– A estos efectos, no se deben computar las situaciones con derecho a retribución en las que no se presta servicio efectivo como las ausencias o las incapacidades temporales. En esos casos, del importe de los gastos de personal reembolsables deberá excluirse también la parte proporcional de las cotizaciones a la Seguridad Social que proceda.4.– En los supuestos de contratación a tiempo parcial, la cuantía de la subvención será proporcional a la duración efectiva de la jornada de trabajo, que deberá ser igual o superior al 50% de la jornada ordinaria.Sexto.– Plazo de presentación.El plazo de presentación de solicitudes será de 1 mes y comenzará el día siguiente de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León. Las solicitudes presentadas fuera de plazo se declararan no admitidas. La solicitud y el resto de documentación que sea preciso cumplimentar y presentar, se encontrará disponible en la sede electrónica https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es denominándose Anexos.
  • https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A07/es/convocatoria/510365

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Valladolid, 8 de junio de 2020.page2image1156430176

http://bocyl.jcyl.es

La Presidenta del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, Fdo.: Ana Carlota Amigo Piquero