Los secretarios piden a la Junta que cree la asesoría de pedanías que marca la ley

El colegio profesional que aglutina a los secretarios municipales de León insta a la Junta a desarrollar la asesoría para las juntas vecinales que contempla la Ley 1/98 de Régimen Local de Castilla y León. Según recuerdan, el director general de Administración Territorial reconocía en un escrito del 4 de abril del 2011, que casi trece años después de promulgarse esa ley, aún no se ha impulsado el servicio de asistencia a entidades locales menores. Un vacío reglamentario que, según la federación leonesa que defiende a las pedanías, ha creado un tapón de acuerdos sin validar en los pueblos.

Por eso, el colegio propone que el Gobierno autonómico clasifique como puestos independientes las secretarías de aquellas entidades locales menores que por su capacidad presupuestaria pudiesen mantener el puesto. Para los demás casos, aplicables a la mayor parte de las 1.235 pedanías de León, según calculan, solicitan a la Junta que dentro de la política de apoyo a las Diputaciones Provinciales, «se dote presupuestariamente con cantidad suficiente a los Servicios de Asesoramiento y Asistencia para que puedan cumplir con la disposición adicional sexta de asesoría a las entidades locales menores que voluntariamente así lo requieran», explican.

Plazas amortizadas

Estas dos peticiones se pusieron en conocimiento de la Junta en noviembre del 2010. Desde entonces, el Gobierno autonómico no ha legislado nada sobre la materia y la Diputación «no sólo no ha creado más plazas que puedan prestar los servicios adecuadamente a las 1.235 entidades de la provincia, sino que ha amortizado alguna de las existentes, y actualmente en el SAM hay un sola puesto de trabajo de secretario-interventor», matizan.

El colegio también quiere aclarar que las funciones reservadas de control, fiscalización interna, gestión económica financiera y presupuestaria de las juntas vecinales «no corresponden al secretario municipal, dado que la Ley de Régimen Local de Castilla y León regula las funciones de secretaría y no así las de intervención». De modo, que la ejecución de presupuesto, su liquidación, la cuenta general, los informes de estabilidad, la remisión de documentación al Consejo de Cuentas y a Hacienda, no son competencia de los secretarios, al carecer de cobertura legal para ejercerlas. «Por ese motivo el Consejo de Cuentas de Castilla y León y resoluciones de las Cortes, en relación con el informe anual de las cuentas del sector público local, han venido recomendando que las Diputaciones creen un servicio a tal efecto». Consideran que el atasco de las pedanías no debe trasladarse a los secretarios de los ayuntamientos.